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Corte confirma multa aplicada a supermercado “Super 10” por no respetar feriado irrenunciable de trabajadores

  • Miércoles 17 de enero de 2024
  • 15:53 hrs

La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua rechaza recurso de nulidad presentado por Súper 10 SA y confirma la multa de 60 UTM impuesta por la Inspección Provincial del Trabajo de Colchagua.

La Corte de Apelaciones de Rancagua ha decidido mantener la multa de 60 UTM impuesta a la empresa Súper 10 SA, tras rechazar el recurso de nulidad presentado por la compañía. La sanción fue impuesta por la Inspección Provincial del Trabajo de Colchagua debido a que la empresa no respetó las normas sobre días de descanso de tres de sus empleados. La infracción fue detectada durante una fiscalización llevada a cabo el 18 de enero del año pasado en el supermercado de la empresa ubicado en la comuna de San Fernando.

En un fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada desestimó cualquier error de derecho en la sentencia impugnada, que confirmó la sanción. El tribunal consideró que la empresa incumplió el artículo 38 ter del Código del Trabajo, el cual establece que "los días de descanso semanal no podrán coincidir con los días feriados establecidos en la ley N° 19973". Los trabajadores afectados por la multa disfrutaban de un régimen excepcional en el que se les concedían permisos, y uno de esos días coincidió con el 25 de diciembre, un feriado irrenunciable.

El tribunal afirmó que la interpretación del artículo 38 ter del Código del Trabajo es razonable y respaldada por la normativa pertinente. En consecuencia, la multa impuesta por la Inspección del Trabajo se mantiene, respaldando la aplicación de la normativa laboral y rechazando la causal de nulidad presentada por la empresa.