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Gobierno permitirá delivery a emprendedores que trabajen desde sus hogares

  • Miércoles 7 de abril de 2021
  • 15:51 hrs

El instructivo de desplazamiento incluyó a los pequeños empresarios, quienes podrán enviar sus productos a través de los servicios de correo autorizados.

En el marco de la pandemia del COVID-19, el Gobierno realizó una actualización de su instructivo para permisos de desplazamiento, en el donde comenzará a regir un nuevo permiso de desplazamiento para los repartidores o trabajadores de delivery.

Comunas en Fase 1 (Cuarentena) o Fase 2 (Transición) 

  • Los días sábado, domingo o festivos, solo podrán ser despachados bienes esenciales, comprendidos en la definición contenida en el numeral 12 del Título I (páginas 3 y 4) del Instructivo de desplazamiento vigente desde el 7 de abril.
  • Se podrán despachar bienes no comprendidos en esta definición (no esenciales), en comunas en estos pasos, siempre que la compraventa haya sido realizada antes de las 05:00 horas del lunes 5 de abril de 2021, lo que se certificará con la copia de la boleta de compra respectiva.
  • No podrán realizarse retiros en tienda de bienes no comprendidos en esta definición (no esenciales), en comunas en Fase 1 o en comunas en Fase 2, los días sábado, domingo o festivos.
  • Las transacciones de todo tipo de bienes, por medios electrónicos, podrán seguir realizándose, estableciéndose su despacho una vez que hayan terminado las restricciones.

EMPRENDEDORES

Cabe señalar que el instructivo explica que "los emprendedores cuya labor se realice en su propio hogar, podrán despachar sus productos, utilizando los servicios de las empresas de correos autorizadas".

REPARTIDORES

Estas restricciones se agregan las normas vigentes respecto de los permisos para repartidores que los habilitará para circular en sectores o localidades que se encuentren en cuarentena:

  • Vigencia por un solo día hasta las 24:00 horas.
  • La nómina de repartidores será contrastada con los registros de COVID-19 activos que mantiene la Autoridad Sanitaria.
  • Los repartidores deberán presentar este permiso junto con su cédula de identidad o pasaporte ante la autoridad fiscalizadora.