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Elecciones 2021: Dirección del Trabajo fiscalizará permiso de dos horas para que trabajadores puedan sufragar

  • Lunes 15 de noviembre de 2021
  • 16:14 hrs

El organismo anunció que se fiscalizarán las denuncias que sean recibidas en el Canal de Atención Telefónica, en el número 600 450 4000, entre las 09:00 y las 14:00 horas del domingo 21.

Este domingo 21 de noviembre se realizarán las Elecciones Generales 2021, en cuyos comicios se votará por los candidatos Presidenciables, Parlamentarias y para Consejeros Regionales.

Por lo tanto, aquel día es feriado legal, según lo señala el artículo 180 del DFL (Decreto por Fuerza de Ley) N°2, norma que ya ha sido aplicada en actos electorales anteriores.

Por lo tanto, la Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará que se respete el derecho a sufragio de los trabajadores que deban laborar ese día y también el feriado obligatorio e irrenunciable de aquellos que laboran en malls y strip center administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

El organismo anunció que se fiscalizarán las denuncias que sean recibidas en el Canal de Atención Telefónica, en el número 600 450 4000, entre las 09:00 y las 14:00 horas del domingo 21.

En esa línea, Lilia Jerez, directora del Trabajo, señaló que “en el caso del comercio, la norma legal vigente para esta jornada electoral considera el feriado obligatorio para los trabajadores que laboren en malls, strip center u otros centros comerciales con varios locales, administrados por una misma razón social o personalidad jurídica”.

Además, explicó que “quedan exceptuados de esta norma quienes trabajan en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria”.

Permiso para acudir a votar

Respecto del permiso para sufragar, la DT informó que se fiscalizará:

  • Otorgamiento de permiso de dos horas para sufragar a aquellos trabajadores que deban laborar ese día. Sanciones de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales por infracción. Es decir, fluctuarán entre los $160.428 y los $3.208.560, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
  • Otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral. Las multas aplicables son las mismas del caso anterior.

Los permisos correspondientes deben otorgarse sin descuentos remuneracionales.

Feriado para trabajadores de malls y strip center

La norma legal imperante durante la jornada electoral también considera el feriado obligatorio e irrenunciable para trabajadores del comercio, específicamente para los trabajadores que laboren en malls, strip center u otros centros comerciales con varios locales administrados por una misma razón social o personalidad jurídica.

El feriado comenzará a más tardar a las 21:00 horas del sábado 20 de noviembre de 2021 y terminará a las 06:00 horas del lunes 22 de noviembre.

Quedan exceptuados de esta norma quienes laboran en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria.